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1. INTRODUCCIÓN. LA ENERGÍA SOLAR Y LAS HUERTAS SOLARES. Inversión ecológica y rentable.

Sin duda, hoy por hoy, la energía solar es la más respetuosa con la Naturaleza. Es una energía limpia, defendida y promocionada por grupos ecologistas.

Además es una inversión segura, ya que la producción de energía eléctrica está muy probada y la tarifa está garantizada por ley. Las grandes plantas fotovoltaicas se pueden modular, siendo accesibles a la práctica totalidad de las economías, adecuándose la inversión en función de la disponibilidad de fondos o liquidez de cada inversor particular.

Quizás sus mayores inconvenientes son la gran cantidad y complejidad de trámites administrativos a cumplimentar, lo cual puede dilatar el tiempo entre la decisión de invertir en una instalación y la entrada efectiva en funcionamiento de la instalación. Igualmente, si bien la inversión es modulable, proporcionalmente suelen ser excesivamente intensivas en capital. En cualquier caso, un buen asesoramiento puede facilitar estos pasos.


Aún considerando las anteriores desventajas, son inversiones con un gran atractivo, éste se materializa principalmente a medio y largo plazo (entre 7 y 10 años para la mayoría de los casos)

2. QUÉ SON LAS HUERTAS SOLARES.

Básicamente una huerta solar es una gran planta integrada por diversas instalaciones solares de tamaño más pequeño, cuya titularidad corresponde a diferentes personas físicas o jurídicas.

Cada instalación solar se encuentra singularizada tanto a efectos de propiedad como de producción y generación eléctrica, si bien suele haber cierta homogeneización dentro de un mismo establecimiento.

Las Huertas Solares pueden distinguir dos tipos básicos de instalación:

Fijas
Con seguimientos solar.

Las HUERTAS SOLARES FIJAS son más sencillas en su mantenimiento y de un coste inicial más contenido, pero las segundas logran hasta un 40% más de producción, debido a la efectividad energética que se consigue siguiendo el camino del Sol, y aprovechando mejor sus rayos, que al incidir de manera perpendicular en los panales son ampliamente transformados en electricidad.

La energía solar fotovoltaica de conexión directa a red consiste en vender a la compañía eléctrica la energía generada por paneles fotovoltaicos.

Estos equipos generan electricidad que se inyecta automáticamente a la red, se mide con un contador y la compañía abona al productor periódicamente la energía generada. Es lo habitual que en el comienzo de la vida de la instalación estos ingresos se utilicen para amortizarla.

Dependiendo de la Comunidad Autónoma y la financiación conseguida, este plazo puede oscilar entre esos 7 y 10 años. A partir de ese momento, los ingresos corresponden a los obtenidos por la producción íntegra.

Todos los trámites burocráticos están recogidos y regulados en los reales decretos 2818/1998, 1663/2000, y 661/2007,revisión del anterior RD 436/2004.

3. RENTABILIDAD DE LAS HUERTAS SOLARES.

EJEMPLO:

Inversión de aproximadamente 42.000- 49.000€ (es decir, el 100% de una inversión de 6-7kWp tipo en una región del centro-sur de España)

se podrían obtener entre 140.000 € y 147.000 € en 40 años.

El precio para una instalación de 100 kWp puede rondar entre 650.000 €-750.000 € proyecto “llave en mano” todo incluido (excepto la compra del terreno), dando por lo tanto, unos 7.000 € por kW.

En cualquier caso, estos datos son meramente estimativos y cada estudio puede diferir en función de las variables tomadas en cuenta.

4. LA UNIÓN HACE LA FUERZA: EL PORQUÉ DE LAS GRANDES HUERTAS SOLARES

Puesto que hay un agrupamiento de las instalaciones, se obtendrán una serie de ventajas, como un servicio más completo y de mayor calidad, garantías de la recuperación de la inversión, facilidades de financiación, servicios de vigilancia común, espacio para la instalación, cobertura de riesgos mediante una póliza común, mantenimiento.

Agrupando el máximo número de instalaciones en una única ubicación, se logra ofrecer un servicio completo y a la vez personalizado. No todas las personas cuentan con el espacio suficiente para invertir en unas instalaciones fotovoltaicas.

Y a pesar de que contase con el terreno no cuenta con las instalaciones suficientes que garanticen la vigilancia y el mantenimiento de la misma.

5. REQUISITOS TÉCNICOS PREVIOS PARA QUE UNA HUERTA SOLAR FUNCIONES

Existen ciertas condiciones para que una planta solar resulte fructífera.

Evidentemente, el Sol es el que determina el resultado final, y por lo tanto, él establece los parámetros de funcionamiento.


EL TERRENO

El terreno para la instalación necesita cumplir ciertos requisitos:

Necesitará gozar de una insolación adecuada, parámetro este que se cumple con espléndidos resultados en la mayor parte del territorio nacional.

La orientación Sur del complejo resulta muy interesante, así como una inclinación del terreno acorde y adecuada a las infraestructuras que acompañan a los paneles.

Evitar la proyección de sombras dentro del área de la Huerta

Existencia de puntos de conexión a la red eléctrica cercanos, así como asegurarse que tienen un adecuado dimensionado capaz de absorber la producción. Si no se cumplen estos dos requisitos, la inversión económica podría aumentar de manera no admisible.

6. AYUDAS OFERTADAS.

La Ley del Sector Eléctrico 54/1997, que establece un nuevo marco para el funcionamiento del sector eléctrico; y la Ley 66/1997, la cual permite que la producción de energía eléctrica obtenida por fuentes de energía renovables, pueda ser consideradas como de sistemas de producción en régimen especial y por tanto se les aplique todo lo que se desarrolle al respecto.

El desarrollo de esta última Ley se realiza en el Real Decreto 661/2007 por el que se establece la metodología para la actualización y sistematización del régimen jurídico y económico de la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial.
El precio por kWh. vendido a las compañías eléctricas se encuentra actualmente fijado en 0.440381 €/kWh, en relación al 575% del precio medio de la tarifa eléctrica de referencia del pasado año, y que quedó establecida de manera firme e invariable desde entonces. Los ingresos están garantizados durante 25 años, y partir de entonces, corresponden 0.352305€/kWh.

El Real Decreto 1663/2000, sobre conexión de instalaciones fotovoltaicas a la red de baja tensión establece las condiciones generales que regulan este tipo de instalaciones. Es una normativa más bien técnica que afecta a la empresa instaladora de la Huerta Solar.
El RD 661/2007, antes mencionado, resulta ser una revisión completa del anterior RD 436/2004, y los cambios introducidos apenas han modificado lo referente a las instalaciones de baja tensión.

6. AYUDAS OFERTADAS.

Una instalación de 7,500 KWp
Genera al año 14.433 kWh
Ingresos anuales de 6.356 € euros +IVA.

Si la inversión realizada es proporcional, el cálculo de los ingresos será directamente proporcional.

Esta actividad esta sujeta al IVA, por lo que deberemos incluirlo en la factura que realicemos a la compañía distribuidora y liquidárselo a Hacienda, sin que tenga repercusión sobre nuestra rentabilidad.

Las Administraciones Públicas ICO-IDAE han dispuesto  una serie de ayudas, con el objeto de facilitar el acceso y la viabilidad a la inversión en instalaciones fotovoltaicas.

Estas ayudas consisten por un lado en una línea de préstamos en colaboración con diferentes entidades financieras a bajo tipo de interés y subvención a fondo perdido. Las distintas CCAA también suelen recoger ciertas ayudas. No obstante, no siempre es posible beneficiarse de estas ayudas al existir un creciente número de solicitudes.

7. OBLIGACIONES FISCALES

I. Darse de alta en el censo de actividades económicas en la zona donde se lleve a cabo la Planta Solar y en el municipio donde se tenga ubicada la instalación.

Estas gestiones las realiza en ocasiones la empresa gestora de la planta. Además, el pago del impuesto de actividades económicas IAE, está exento.

II. Realizar Declaraciones trimestrales de IVA (mod. 300)

III. Realización del resumen anual (mod. 390). Puesto que se facturará mensualmente a la compañía eléctrica.
Los pagos los realiza la compañía eléctrica a 30 días de la factura.

IV. Declaración anual de operaciones con terceras personas (mod. 347) si se facturan más de 3.006 € al año a la compañía distribuidora, que es lo habitual.

Esto, por supuesto, en el caso de estar la instalación a cargo de una sociedad mercantil.

V. Caso de estar la instalación a cargo de personas físicas deberán presentar la Declaración trimestral de los ingresos del periodo (modelo 130).

VI. Resumen anual (mod. 190) por el total.


VII. Por último, los ingresos generados por la venta de la electricidad y subvenciones (que como se explica anteriormente, se pueden repartir entre los años de amortización) se deberán incluirlos como rentas, aunque también se tiene derecho a desgravar los gastos de la instalación (amortización, intereses, mantenimiento, etc.).

Tanto las empresas, como las personas físicas que realicen la inversión tendrán derecho además a la deducción por inversión en energías renovables en el IRPF para las personas físicas o en el Impuesto de Sociedades para las empresas.

8. DURACIÓN DE UNA HUERTA SOLAR

La vida útil de este tipo de instalaciones es muy amplia.

Los estudios iniciales hablaban de unos 30 años, pero con los nuevos materiales y el análisis histórico de las instalaciones existentes, los expertos determinan que pueden estar por encima de los 40 años.

Los propios fabricantes de paneles solares garantizan que en ningún momento se obtendrán ratios menores del 80% de la producción durante 25 años. En ese caso se procedería al cambio de los paneles solares.
            
Para optimizar el funcionamiento de la instalación a lo largo de su prolongada vida útil, habrá que realizar una serie de reparaciones o sustitución de algunos de los componentes, como fusibles, el inversor, etc., que variará en función de la instalación que se elija. Estos gastos serán por lo general de baja cuantía.

9. EJEMPLOS DE PRODUCCIÓN EN UNA HUERTA SOLAR.

Producción de una instalación tipo de 10 kW en la provincia de Albacete

DATOS GENERALES

- Energía, en megajulios, que incide sobre un metro cuadrado de superficie horizontal en un día medio: 16,1 (la máxima son los 17,8 de Murcia y la mínima los 10,9 de Asturias)

- Temperatura ambiente media durante las horas del sol: 15,4º (la máxima de la península son los 20,7 de Málaga y la mínima los 12,5 de Ávila)

- Latitud: 38º

- Altitud: 690 m

- Producción anual Neta estimada en kWh por kwp 1.975 kWh

- Facturación anual en euros por kwp (0,44 euros/kWh) 890
euros

- Precio del kwp 8.100 euros

- Vida de la instalación 40 años

- Rentabilidad de la inversión (dependiendo del porcentaje financiado) 15%

- Periodo estimado medio de recuperación de la inversión 8/9 años

 

9. EJEMPLOS DE PRODUCCIÓN EN UNA HUERTA SOLAR.

 

9. EJEMPLOS DE PRODUCCIÓN EN UNA HUERTA SOLAR.




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